Desempeño de Cargo de Perito

Fase 1. Recepción de la Designación.
Recepción por E-mail
  • 1. Preguntar si es justicia gratuita o penal
  • 2. Si es vía civil. Pedir nombre de procurador/es de parte/s
  • 3. Si es oficial el colaborante, pedir información en formato digital por e-mail, wetransfer, ftp, copia digital, etc.
Recepción por correo certificado

Abrir carta, escanearla y lavar las manos. Seguir las indicaciones anteriores para e-mail

Acudir

Acudir al juzgado si está próximo, si no pasad a la fase 2.

Fase 2. Análisis y valoración del cargo.
Justicia gratuita y/o penal
  • Se recomienda rechazar el cargo si no se pueden liquidar los honorarios finales.
  • Enviar un escrito, fax o email al juzgado, aludiendo carga de trabajo o falta de financiación para evitar ser eliminado de la lista.
Civil u otros procedimientos
  • Examinar la documentación obtenida y/o contactar al letrado para ampliar información.
  • Antes de aceptar el cargo, proponer la cuantía a solicitar, considerando:
  • -La demanda
  • -Responsabilidades
  • -Tiempo y medios necesarios
    Estimar la cantidad que deberá solicitarse como provisión de fondos al juzgado.

  • Estimar la cantidad que deberá solicitarse como provisión de fondos al juzgado.
NOTA:

Si se desea aceptar el cargo de justicia gratuita, se recomienda hablar con gerencia para conocer los honorarios marcados por el decanato.

Fase 3. Aceptación o rechazo del cargo.
Aceptación
  • Llamar al juzgado y proponer la aceptación del cargo
  • Vía telemática

    • Solicitar al letrado la aceptación por email o fax.
  • Correo certificado

    • Incluir fotocopia del DNI.
  • Vía exhorto

    • Si se rechazan las opciones anteriores, enviar un escrito solicitando la aceptación mediante exhorto en el juzgado más próximo.
  • NOTA: Si el juzgado está próximo al lugar de residencia, llamar y proponer el día de la visita más cómodo. Suelen aceptarlo si decís que estaréis cerca del juzgado ese día.
    En todos los casos, tratad de indicar la provisión solicitada y el nº de cuenta personal o de empresa al que ingresarla para evitar más pérdida de tiempo.
Rechazo

Si no admiten aceptación remota y el desplazamiento es costoso, se recomienda no acudir y enviar el correo certificado para que conste.

Fase 4. Activación del cargo o liquidación final.
1. Confirmación del nombramiento y provisión

Llamar al juzgado unos días después para conocer la fecha del decreto enviado a las partes con el nombramiento y la provisión solicitada.

2. Plazo de ingreso de la provisión

Si transcurren 5 días desde la fecha del decreto sin que se realice el ingreso, quedaréis sin la obligación de hacer el informe y las partes sin la posibilidad de nombrar a otro perito judicial (según Art. 342 LEC).

3. Liquidación de honorarios en caso de impago
  • Si no se efectúa el ingreso, debéis liquidar los honorarios finales (normalmente 90 € + IVA).
  • Esta cantidad es libre, pero se recomienda facturar el tiempo invertido.
4. Procedimiento tras el ingreso de la provisión total
  • Una vez ingresada la provisión, hay obligación de realizar la prueba pericial.
  • Se recomienda llamar y solicitar la transferencia a una cuenta personal.
  • En caso contrario, pedir al juzgado que envíen el mandamiento por correo o acudir a retirarlo personalmente.
  • Importante: Estos mandamientos se cobran en el Banco Santander, donde suelen poner problemas para el cobro en efectivo.
Fase 5. Elaboración de la prueba pericial.
  • Realizar visitas in situ siempre que sea necesario.
  • Tomar datos de campo y realizar reportajes fotográficos para documentar la pericia.
  • Solicitar ampliación de plazo si es insuficiente

    • Si el plazo establecido por el letrado de la Administración es insuficiente, enviar un escrito o fax solicitando más tiempo antes de que venza.
  • Solicitar ampliación de provisión si es insuficiente

    • Si la provisión no cubre los costos de ensayos o servicios auxiliares, enviar un escrito solicitando ampliación de la provisión.
  • Pedir orden judicial si es necesario

    • Si la situación lo requiere, solicitar una orden judicial para poder acudir.
    • También se puede pedir protección de los Órganos de Seguridad del Estado para evitar riesgos o recusaciones que puedan invalidar la prueba.
Fase 6. Entrega del informe y liquidación final.
Proponer entrega
  • Llamar al juzgado y proponer la entrega:
  • Vía Telemática

    • Entregar en formato digital por:
      • Email
      • Fax
      • Sede judicial
      • Lexnet
  • Por Registro o por Correo Certificado

    • Entregar tantas copias como sean necesarias firmadas.
  • Vía Exhorto

    • En el mismo juzgado donde aceptaste el cargo.
*NOTA ADICIONAL*
  • En cualquier caso, entregar el escrito incluyendo:
    • -Factura proforma o nota de liquidación final de honorarios.
    • -Justificación de la diferencia con la provisión de fondos.
    • -Desglose del IVA.
  • Especificar que la factura no se emitirá hasta recibir el importe de la liquidación final, si resulta a pagar.
  • Si no está claro que haya que ratificar el informe, excluir los honorarios por este concepto.
Fase 7. Ratificación o aclaraciones al informe.
Cicatión Judicial
  • Se recibirá carta certificada con acuse de recibo, con la fecha y el lugar.
  • Si no es posible acudir, se deberá justificar previamente para evitar una sanción de unos 600 €.
Solicitud de Videoconferencia
  • Para evitar gastos de desplazamiento y dietas, se debe solicitar la comparecencia mediante videoconferencia con un mes de antelación.
1. RATIFICACIÓN ANTE EL LETRADO
  • Comparecencia en el juzgado para ratificar el informe ante el Letrado.
  • No suele ser necesario llevar una copia del informe.
  • El letrado pedirá al perito que examine el informe para asegurar que corresponde con el documento entregado.
  • A veces el letrado pregunta por alguna aclaración menor.
2. RATIFICACIÓN EN SALA
  • Acuden los letrados de las partes y se jura o promete decir la verdad, reconocer los artículos que podrían imputar un delito y responder a las preguntas de ambas partes.
  • El juez también puede preguntar.
  • Se debe llevar copia del informe impresa para seguir las preguntas con mayor comodidad.
3. CAREO ENTRE PERITOS
  • Esta modalidad obliga a comparecer para aclarar las discrepancias entre los peritos de las partes.
  • Se debe responder a las preguntas de los letrados y del juez.
  • Esta modalidad requiere más tiempo de comparecencia.
  • Es conveniente llevar una copia del informe y documentos o medios de prueba, si los hubiera, para exponerlos si es necesario.